Reducirá 70% el tiempo de trámite: así funcionará la nueva Licencia Ambiental Solar en Colombia
La ANLA y el Ministerio de Ambiente pusieron en consulta pública el decreto que crea la Licencia Ambiental Solar, un nuevo trámite para agilizar proyectos solares entre 10 y 100 megavatios, con condiciones técnicas específicas.

El Gobierno Nacional presentó el borrador de decreto que da origen a la Licencia Ambiental Solar (LASolar), una figura diseñada para facilitar la evaluación de proyectos solares fotovoltaicos con capacidad entre 10 y 100 megavatios (MW). La medida fue anunciada por la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales (ANLA) como una vía para reducir hasta en un 70% los tiempos de trámite, frente al procedimiento ordinario.
La propuesta busca impulsar la Transición Energética Justa y, según la ANLA, promueve un licenciamiento “estratégico, racional y participativo”. Estará abierta a comentarios del público a través de la plataforma del Ministerio de Ambiente.
Lea también:
El nuevo trámite contempla plazos fijos. Una vez radicada la solicitud, la ANLA tendrá cinco días hábiles para emitir el auto de inicio; luego, diez días hábiles para solicitar información adicional; y, una vez completados los requerimientos, otros diez días para decidir sobre la viabilidad ambiental.
Entre los cambios más relevantes, el decreto establece que los proyectos bajo esta figura no podrán ubicarse en áreas protegidas, zonas marino-costeras ni territorios que impliquen afectación significativa a bosques naturales. Se permitirá intervenir un máximo del 10% del área total del proyecto o hasta 20 hectáreas de bosque.
El procedimiento solo podrá usarse de manera exclusiva: el solicitante deberá elegir entre la LASolar o el trámite ordinario, sin posibilidad de llevar ambos en paralelo. También se mantiene el requisito de solicitar sustracción de la Ley 2ª de 1959 cuando se trate de reservas forestales, salvo excepciones definidas por el Ministerio de Ambiente.
A diferencia del proceso tradicional, la LASolar no exigirá monitoreos ambientales previos, ni caracterización de calidad de agua, aire o ruido, ni estudios de campo en dos temporadas. Sin embargo, los proponentes deberán presentar acuerdos con las comunidades locales, así como, si aplica, los procesos de consulta previa con comunidades étnicas.
La ANLA asumirá un rol más activo en la fase de preparación de los proyectos, con la definición de Términos de Referencia Específicos y el uso de herramientas del Centro de Monitoreo Ambiental. También se plantea un enfoque territorial que priorice áreas con altos niveles de irradiación solar y mayor potencial energético.
El decreto se enmarca en el Plan Nacional de Desarrollo 2022–2026 y los compromisos internacionales de Colombia frente al cambio climático. El texto completo está disponible en la web del Ministerio de Ambiente para consulta pública hasta el 4 de agosto.
Escuche W Radio en vivo:
WRadio FM
Directo
Compartir
El código iframe se ha copiado en el portapapeles
Publicar un comentario