Listado de personas que tienen declaración de renta sugerida de la Dian para este 2025
Este documento de control fiscal les permite a las entidades hacer el cálculo preciso de la carga tributaria para las personas naturales y jurídicas.

Son millones de personas las que tiene que declarar renta en el 2025, siendo uno de los trámites que más preocupa a los colombianos, pues si no lo hace se enfrentará a altas multas.
La declaración de renta en Colombia es un trámite que deben realizar anualmente los contribuyentes, el cual actúa como una hoja de vida financiera en la que se registran los ingresos, egresos e inversiones que se realizaron en el periodo fiscal.
- Puede leer: Cómo acceder a declaración de renta sugerida por la DIAN: link oficial, paso a paso y más
Este documento de control fiscal les permite a las entidades hacer el cálculo preciso de la carga tributaria para las personas naturales, jurídicas, grandes contribuyentes y también para las propiedades en el exterior.
Lo anterior significa que, una vez se declare renta, la Dian con la información que se le suministró definirá si se está o no en la obligación de pagar el impuesto de renta.
Ahora, con el objetivo de facilitar este proceso para todos los colombianos, la DIAN ofrece una herramienta que recolecta datos a través del reporte de terceros sobre cada contribuyente.
Se trata de renta sugerida, es decir, una declaración de “prueba” que le señalará cada uno de sus movimientos financieros del año gravable y se hará una simulación de lo que debe pagar.
- Le puede interesar: ¿Cómo saber si tiene declaración de renta sugerida de la Dian?
¿Quién puede acceder a la declaración de renta sugerida?
De acuerdo con la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, la declaración sugerida aplica para las personas naturales de Colombia y que durante el año 2024 cumplieron con alguna de las condiciones para declarar renta:
- Patrimonio bruto igual o superior a $211.792.500 millones de pesos al finalizar el año gravable 2024.
- Ingresos totales iguales o superiores a $65.891.000 durante todo el año gravable 2024.
- Consumos por medio de tarjetas de crédito iguales o superiores a $65.891.000
- Consignaciones bancarias, depósitos o inversiones financieras iguales o superiores a $65.891.000.
- Compras y consumos iguales o superiores a $65.891.000.
Lista de las personas que tienen declaración de renta sugerida de la Dian
Para conocer si tiene una declaración de renta sugerida a través de la plataforma de la DIAN, puede ingresar al portal de la Dian e ingresar a la opción de Renta de personas naturales y luego hacer clic en ¿Cómo consultar si tienes una Declaración de Renta Sugerida?. Luego, consulte con su número de cédula si tiene una declaración de renta disponible.
- Lea también: Calendario tributario 2025 Dian: Cuáles son las fechas para declarar renta y para pagar
También, podrá:
- Ingresar a la página oficial de la DIAN
- Ir al Portal Transaccional
- Entrar a la cuenta como usuario registrado
- Diligenciar y presentar el Formulario 210 Declaración de Renta y complementario personas naturales o declaración sugerida para quienes aplica.
¿Qué incluye la declaración de renta sugerida?
De acuerdo con el portal web de Tributi, la declaración de renta sugerida contiene:
- Patrimonio bruto.
- Deudas.
- Cédula general.
- Cédula de ingresos brutos por renta de pensiones del país y del exterior.
- Cédula dividendos y participaciones.
- Ingresos por ganancias ocasionales en el país y en el exterior.
- Anticipo renta liquidado el año anterior.
- Saldo a favor del año gravable anterior.
- Retenciones año gravable a declarar.
Calendario tributario: ¿En qué fecha tengo debo declarar renta?
AGOSTO
- 12 de agosto: 01 - 02 (últimos dos dígitos del NIT)
- 13 de agosto: 03 – 04 (últimos dos dígitos del NIT)
- 14 de agosto: 05 – 06 (últimos dos dígitos del NIT)
- 15 de agosto: 07 – 08 (últimos dos dígitos del NIT)
- 19 de agosto: 09 - 10 (últimos dos dígitos del NIT)
- 20 de agosto: 11 – 12 (últimos dos dígitos del NIT)
- 21 de agosto: 13 – 14 (últimos dos dígitos del NIT)
- 22 de agosto: 15 – 16 (últimos dos dígitos del NIT)
- 25 de agosto: 17 – 18 (últimos dos dígitos del NIT)
- 26 de agosto: 19 – 20 (últimos dos dígitos del NIT)
- 27 de agosto: 21 – 22 (últimos dos dígitos del NIT)
- 28 de agosto: 23- 24 (últimos dos dígitos del NIT)
- 29 de agosto: 25 – 26 (últimos dos dígitos del NIT)
SEPTIEMBRE
- 1 de septiembre: 27 – 28 (últimos dos dígitos del NIT)
- 2 de septiembre: 29 – 30 (últimos dos dígitos del NIT)
- 3 de septiembre: 31 – 32 (últimos dos dígitos del NIT)
- 4 de septiembre: 33 -34 (últimos dos dígitos del NIT)
- 5 de septiembre: 35 – 36 (últimos dos dígitos del NIT)
- 8 de septiembre: 37 – 38 (últimos dos dígitos del NIT)
- 9 de septiembre: 39 – 40 (últimos dos dígitos del NIT)
- 10 de septiembre: 41 – 42 (últimos dos dígitos del NIT)
- 11 de septiembre: 43 – 44 (últimos dos dígitos del NIT)
- 12 de septiembre: 45 – 46 (últimos dos dígitos del NIT)
- 15 de septiembre: 47 – 48 (últimos dos dígitos del NIT)
- 16 de septiembre: 49 – 50 (últimos dos dígitos del NIT)
- 17 de septiembre: 51 – 52 (últimos dos dígitos del NIT)
- 18 de septiembre: 53 – 54 (últimos dos dígitos del NIT)
- 19 de septiembre: 55 – 56 (últimos dos dígitos del NIT)
- 22 de septiembre: 57 – 58 (últimos dos dígitos del NIT)
- 23 de septiembre: 59 – 60 (últimos dos dígitos del NIT)
- 24 de septiembre: 61 – 62 (últimos dos dígitos del NIT)
- 25 de septiembre: 63 – 64 (últimos dos dígitos del NIT)
- 26 de septiembre: 65 – 66 (últimos dos dígitos del NIT)
OCTUBRE
- 1 de octubre: 67- 68 (últimos dos dígitos del NIT)
- 2 de octubre: 69 – 70 (últimos dos dígitos del NIT)
- 3 de octubre: 71 – 72 (últimos dos dígitos del NIT)
- 6 de octubre: 73 – 74 (últimos dos dígitos del NIT)
- 7 de octubre: 75 – 76 (últimos dos dígitos del NIT)
- 8 de octubre: 77 – 78 (últimos dos dígitos del NIT)
- 9 de octubre: 79 – 80 (últimos dos dígitos del NIT)
- 10 de octubre: 81 – 82 (últimos dos dígitos del NIT)
- 14 de octubre: 83 – 84 (últimos dos dígitos del NIT)
- 15 de octubre: 85 – 86 (últimos dos dígitos del NIT)
- 16 de octubre: 87 – 88 (últimos dos dígitos del NIT)
- 17 de octubre: 89 – 90 (últimos dos dígitos del NIT)
- 20 de octubre: 91 – 92 (últimos dos dígitos del NIT)
- 21 de octubre: 93 – 94 (últimos dos dígitos del NIT)
- 22 de octubre: 95 – 96 (últimos dos dígitos del NIT)
- 23 de octubre: 97 – 98 (últimos dos dígitos del NIT)
- 24 de octubre: 99 – 00 (últimos dos dígitos del NIT)
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