Corte Suprema anuló sentencia condenatoria contra tres exgobernadores de La Guajira
En sede de segunda instancia se consideró que el fallo condenatorio que impuso penas superiores a los 8 años de prisión contra los sentenciados, tuvo indebida motivación.

W Radio conoció en primicia que la Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia anuló la sentencia condenatoria proferida contra los exgobernadores de La Guajira, Hernando Deluque Freyle, Alejandro Builes y Raúl Nicolás Fragozo, por irregularidades en la contratación de una vía en Riohacha.
En primera instancia les fueron impuestas penas de 9 años y 9 meses de prisión al exgobernador Deluque, y 8 años y 4 meses a Builes y Fragozo, pero por lo menos hasta el momento, tales sanciones han sido invalidadas por yerros en la valoración de los cargos y la conducta endilgada.
De acuerdo con lo conocido por W Radio con fuentes en la Corte Suprema de Justicia, a juicio de la Sala Penal hubo una indebida motivación de la sentencia frente a los hechos por los que fueron acusados y luego por los que fueron condenados.
Es decir, que mientras que en la acusación eran señalados de haber obrado presuntamente de forma dolosa en la formulación y ejecución del contrato, fueron sentenciados más por una supuesta omisión de control en sus deberes, lo cual vulneraría el principio de congruencia.
Por ello, la Sala determinó devolver el proceso a la Sala de Primera Instancia, para que allí se revise nuevamente la sentencia que se profirió y se determine si están dados los presupuestos para condenarlos con base en lo que se les señala, o se tome la determinación que en derecho corresponda.
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